Reducción por tributación conjunta como unidad familiar

Programa de renta para cumplimentación de la declaración de la renta MsRenta
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La 2ª modalidad de unidad familiar es aquella formada por el padre o la madre y la totalidad de los hijos (menores no independizados y los mayores incapacitados) que convivan con uno u otro.

Reducción por tributar en conjunto

Si los padres no están casados o están separados legalmente, y los hijos  conviven solo con uno de los miembros (padre o madre) puede formar una unidad familiar con los hijos, y el otro miembro de la pareja debe declarar de forma individual.

En este caso el progenitor que realiza el impuesto junto a los hijos podrá aplicarse la reducción por tributación conjunta (2.150 euros) y el mínimo por descendiente al 100%

La manera de informar esta situación en MsRenta es la siguiente:

Debemos acceder a la ficha del Sujeto Pasivo, bien desde el botón “SP” o desde Ficheros, Personas Físicas.

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Nos vamos a la pestaña IRPF y en el apartado de los hijos, debemos marcar la casilla dec. adicional y poner Vinculación 1 ( Declarante y no convive con el otro progenitor), a continuación debemos salir de la renta para que el programa actualice los datos.

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En el caso de que inicialmente se haya grabado la renta individual y a posteriori se incluyan los hijos como declarantes adicionales para hacerla conjunta, es necesario rescatar los datos económicos ya mecanizados individualmente en cada uno de los apartados económicos y grabarlos en conjunta, y a continuación le damos al botón calcular

Hay que tener  en cuenta que la reducción de tributación conjunta cuando ambos progenitores sin vinculo matrimonial conviven  con  los hijos, no se puede aplicar, pero si podrá aplicar cada progenitor el 50 % del mínimo por descendiente. En este caso en la ficha de los hijos se debe poner vinculación 3 (Hijo del contribuyente y convive con ambos progenitores) y en otros indicar 3 (Hijo/a del declarante que convive con el otro progenitor sin matrimonio), y no hay posibilidad de reducción de 2.150 euros de la base imponible.

 3

En el caso de utilizar la vinculación 3 ó 4 es necesario consignar el NIF y apellidos y nombre del otro progenitor.

 4

 

 

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