Presentación de rectificación del modelo 100 (Renta).

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Si una vez presentada la declaración del IRPF el contribuyente advierte errores u omisiones en los datos declarados que le hayan causado perjuicio, puede presentar una rectificación de su autoliquidación.

Cómo rectificar la autoliquidación del modelo 100

Si el contribuyente declaró indebidamente alguna renta exenta, computó importes en cuantía superior a la debida u olvidó practicar alguna reducción o deducción a las que tenía derecho, se ha incorporado un apartado específico para solicitar la rectificación de autoliquidaciones. Si bien podrá seguir solicitando mediante escrito en la Delegación o Administración de la Agencia Tributaria correspondiente a su domicilio fiscal, la rectificación de su autoliquidación, siempre que la Administración no haya practicado liquidación provisional o definitiva por ese motivo y que no haya transcurrido el plazo de cuatro años (a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de las declaraciones, o bien, si la declaración se presentó fuera de ese plazo, desde el día siguiente a la presentación).

El proceso en la aplicación de Renta MsRenta sería el siguiente:

  • Lo primero sería duplicar la renta original, de tal forma que la declaración inicial no sería modificada, para así realizar los cambios sobre la nueva declaración generada.
    Para ello entramos en la declaración de la renta presentada y cuando salga la pantalla con el resultado de la declaración original, le damos al signo +. El programa le avisa que se va a crear una declaración complementaria nueva, que si desea trasladar todos los datos de la declaración anterior, le diremos que sí, y ya sobre esta nueva declaración se deben hacer los cambios necesarios.

  • Cumplimentamos las modificaciones necesarias de la declaración presentada. De esta forma comprenderá además de los datos reflejados en la autoliquidación originaria, los de nueva inclusión o modificación.
  • Entrar en la pagina 3 y  marcar la casilla 127.
  • Por último, debemos entrar en la pagina 18 e indicar el resultado a ingresar de anteriores autoliquidaciones o liquidaciones administrativas correspondientes al ejercicio 2017 (casilla 631), o bien el resultado a devolver (casilla 632). También deberá hacerse constar en la casilla 636 el número de justificante de la autoliquidación cuya rectificación se solicita, así como el número de cuenta en el que se desea recibir la devolución.

Si tiene alguna duda, puede resolverla con nuestro Soporte Microdata.

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