Comunicación de los Conceptos Retributivos de Abono a través de MsNomina
El Real Decreto 16/2013 estableció que “Los empresarios deberán comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social en cada periodo de liquidación el importe de todos los conceptos retributivos abonados a sus trabajadores, con independencia de su inclusión o no en la base de cotización a la Seguridad Social y aunque resulten de aplicación […]
¿Existen diferencias entre los CRA y el Recibo de Liquidación de Cotización?
La comunicación de los Conceptos Retributivos Abonados ha de realizarse mensualmente a Seguridad Social, comunicando todas las retribuciones percibidas por los trabajadores independientemente de que estas sean Cotizables o no.
¿Como Modificar Conceptos Retributivos Abonados enviados con anterioridad desde MsNomina?
En el supuesto de que se haya comunicado el fichero con los Conceptos Retributivos de Abono y con posterioridad a dicha comunicación se realicen modificaciones en la nómina de un trabajador, determina que tenga que realizarse una nueva comunicación de los mismos. A través del programa de MsNomina el envio de esos Conceptos Retributivos Abonados, […]
Relación de Conceptos Salariales al generar el fichero CRA desde MsNomina
El RDL 16/2013 estableció la obligatoriedad del envío mensual por parte de las empresas de los Conceptos Retributivos Abonados a los Trabajadores con independencia de su Inclusión o Exclusión en la Base de Cotización, existiendo desde ese momento en el programa de MsNomina la opción de gestionar el fichero para su posterior envío a Seguridad […]
Aclaración sobre el tratamiento de las Pagas Extras en los CRA
Debido a las consultas realizadas por los usuarios con respecto a la recepción de una Comunicación por parte de la Subdirección Provincial de Gestión Recaudatoria de la TGSS con respecto al envío de los Conceptos Retributivos Abonados, procedemos a aclarar:
¿Cómo puedo comprobar los datos contenidos en el fichero de Conceptos Retributivos Abonados a los trabajadores en MsNomina?
Los empresarios deberán comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social en cada periodo de liquidación el importe de todos los conceptos retributivos abonados a sus trabajadores, con independencia de su inclusión o no en la base de cotización a la Seguridad Social y aunque resulten de aplicación bases únicas.