¿Deben registrarse los importes percibidos por una transmisión de inmuebles en el SII?
Sí, la Agencia Tributaria, en su documento de preguntas frecuentes (versión 1.0) sobre el SII, concretamente en la pregunta 2.25, indica que la transmisión de inmuebles sujetos a IVA, debe reflejarse en el Libro de Facturas Expedidas en un campo llamado “Importes percibidos por transmisiones de inmuebles sujetas a IVA”.