¿Cómo dar de alta un trabajador con contrato de Formación en Alternancia en MsNomina?

Imprimir
Índice de contenidos

Tengo un trabajador con un contrato de formación en alternancia, ¿qué requisitos he de tener en cuenta para la correcta alta de dicho trabajador en MsNomina?

Tengo un trabajador con un contrato de formación en alternancia, ¿qué requisitos he de tener en cuenta para la correcta alta de dicho trabajador en MsNómina?

De acuerdo con lo previsto en el artículo 11.2 del Estatuto de los Trabajadores, el contrato para la Alternancia (antes Contratos para la formación y el aprendizaje) tiene como objeto compatibilizar la actividad laboral retribuida con los correspondientes procesos formativos en el ámbito de la formación profesional, los estudios universitarios o del Catálogo de especialidades formativas del Sistema Nacional de Empleo.

Existen para este tipo de contratos unos incentivos, previo cumplimiento de ciertos requisitos establecidos por la normativa, dependiendo del tamaño de la plantilla de la empresa.

El incentivo consiste en una reducción del 100% en las cuotas a la Seguridad Social tanto del trabajador contratado como de la empresa cuando la plantilla sea menor de 250 personas o del 75% si es igual o mayor de 250 trabajadores.

Las empresas que, a la finalización de su duración inicial, transformen en contratos indefinidos estos contratos, cualquiera que sea la fecha de su celebración, tendrán derecho a una reducción en la cuota empresarial a la Seguridad Social de 1.500 euros/año, durante los tres primeros años. En el caso de mujeres, dicha reducción será de 1.800 euros/año.

Para la correcta alta de los trabajadores en Formación en MsNomina se ha de tener en cuenta lo siguiente:

  1. A nivel de / EMPRESAS DE NÓMINAS / PATRONALES / se ha de dar de alta el patronal correspondiente a la empresa, marcando en Régimen el código 005 – APRENDICES. Aunque debido a lo establecido por Seguridad Social en su BNR 1 del 16 de abril de 2018, se está asignando el mismo número del CCC principal por provincia o por Régimen o Sistema Especial. Con lo cual, a efectos del programa seleccionaríamos AÑADIR, pincharíamos en los puntos suspensivos y al hacerlo, nos formulará una pregunta a la que le debemos decir que SI:

 

Elegimos el CCC principal:

 

Y finalmente en el apartado de RÉGIMEN, seleccionamos el 5. APRENDICES REG. GENERAL:

En el régimen de Agricultura, también es necesario crear una cuenta de cotización específica para los contratos de formación,  y se seguirán los mismos pasos explicados anteriormente.

En aquellos usuarios que no tengan creado el régimen de Formación /Agricultura, dentro del mantenimiento de Régimen marcamos la opción de Añadir, indicamos la descripción que se desee para identificarlo y se informa el Código TGSS 9996.

Una vez creado, este será el que se informe en la cuenta de cotización que se duplique.

2.   Añadimos al trabajador como cualquier otro, con su correspondientes fechas de alta, contrato 421 y teniendo en cuenta que en la opción de / DATOS CONTRATO / SITUACIÓN / se ha de indicar la Situación “01 Activo Régimen General”; el código de Patronal correspondiente al Régimen de Formación, previamente creado en la empresa, tal cual se indica en el punto 1:

En cuanto a la tabla de aportación el programa asignará automáticamente la que corresponde a este tipo de contratos.

3.   Si la empresa reúne las condiciones para ser beneficiaria de las reducciones antes mencionadas, éstas deberán informarse en la ficha del trabajador en CONTRATO / BONIFICACIONES. Estas reducciones se informan en la aplicación de la siguiente forma:

  • Haremos un clic en los puntos suspensivos:

 

  • Se nos muestra la siguiente pantalla:

  • Pincharemos en AÑADIR e informaremos los siguientes datos que son de carácter OBLIGATORIO:
    • DESCRIPCIÓN: la que elija el usuario para su identificación.
    • RANGO DE APLICACIÓN: General.
    • TIPO: Reducción.

Los demás datos, tales como lo referido a la Descripción abreviada o Disposición, el usuario los puede cumplimentar si lo desea.

Para configurar los porcentajes de reducción, a continuación haremos clic en el signo MÁS:

 

Y cumplimentaremos:

  • VIGENCIA: Vigencia Indeterminada.
  • PORCENTAJES DE BONIFICACIÓN: se informan los porcentajes que correspondan tanto en la columna de Empresa y Trabajador, ya sea el 75 o el 100%, según la empresa tenga una plantilla superior o inferior a 250 trabajadores.

 

Esta reducción también se puede crear desde el apartado de Auxiliares / Seguridad Social / Bonificaciones y Reducciones y la mecánica para su creación es la misma que la explicada anteriormente:

 

Tras crear la reducción ha de asignársela al trabajador en su ficha, en CONTRATO / BONIFICACIONES  indicándole fecha de inicio y de fin si se conoce:

5.   Bonificación adicional para financiar los costes de tutorización de la empresa, con una cuantía máxima de 1,5 euros por alumno y hora de tutoría, con un máximo de 40 horas por mes y alumno. En empresas de menos de 5 trabajadores la cuantía máxima podrá ser de 2 euros por alumno y hora de tutoría. Estos datos se informarán en la ficha del trabajador en el apartado de CONTRATO / TPARCIAL/FORMACION, en las casillas correspondientes a Coste y Horas de formación:

En esta pantalla también se informan las horas ( y el coste de las mismas) que el trabajador asiste a la formación

Print Friendly and PDF
Síguenos en nuestro Canal de Whatsapp. Escanea el QR
Categorías

 

Otros recursos

Solicitar llamada

Llámanos al 950 268 000
o déjanos tus datos y te llamamos nosotros.

Adjuntar archivo (opcional, hasta 5mb):