Modelo 190. Cambios legales.
Adaptación del modelo 190 a la Orden HAC/1431/2025 de 3 de diciembre (BOE 12/12/2025).
Destacamos las siguientes novedades relacionadas con el modelo 190:
1. Clave B – Rendimientos del trabajo: pensiones y haberes pasivos
– Reorganización de subclaves de la clave B: Se modifica la antigua subclave 03 y se introducen dos nuevas:
- B‑03: prestaciones de mutualidades generales obligatorias (funcionarios, colegios de huérfanos…).
- B‑04: prestaciones derivadas de planes de pensiones y otros sistemas de previsión social (art. 17.2.a LIRPF).
- B‑99: resto de prestaciones de clave B no incluidas en anteriores.
– Campo adicional en subclave B.01 (“pensiones públicas”):
Se crea el campo “Tipo/s de prestación/es de la clave B.01 percibida/s en el ejercicio” con 5 valores:
- 01 Jubilación
- 02 Viudedad
- 03 Incapacidad permanente (total/parcial)
- 04 Pensiones no contributivas (invalidez o jubilación)
- 05 Otras prestaciones del art. 17.2.a) no exentas.
Este detalle permite identificar con precisión el motivo de la percepción dentro de B.01.
2. Clave A – Rendimientos del trabajo
Se incorpora un nuevo campo:
- “Rendimientos del trabajo obtenidos por la gestión de fondos vinculados al emprendimiento, a la innovación y al desarrollo de la actividad económica”, con los valores posibles:
- Sí → Si el rendimiento dinerario o en especie incluye esta modalidad.
- No → Si no las incluye.
3. Clave K – Premios
Reorganización de subclaves de la clave K: Se modifican las antiguas subclave 01 y 03 y se introducen dos nuevas
- K‑01: premios con retención, sin fines publicitarios.
- K‑03: premios con retención, con fines publicitarios.
- K‑04: premios exentos, sin fines publicitarios.
- K‑05: premios exentos, con fines publicitarios.
Modelo 193. Cambios legales.
Adaptación del modelo 193 a la Orden HAC/1430/2025 de 3 de diciembre (BOE 12/12/2025).
A continuación se detallan los cambios relacionados con el modelo 193:
1. Modalidad Normal
- Nuevo campo obligatorio “Código ISIN”, que permite identificar de forma única la emisión del valor del que proceden los dividendos.
- Se adapta la redacción y formato de los siguientes campos correlacionados:
- “Clave código”
- “Código emisor”
- “Naturaleza del declarante”
- Estos cambios se aplican exclusivamente cuando se trate de dividendos procedentes de valores cotizados en el mercado secundario oficial español.
2. Modalidad Simplificada
- No presenta cambios para 2025; mantiene el mismo diseño y contenido de ejercicios anteriores.
Modelo 184. Cambios legales.
Adaptación del modelo 184 a la Orden HAC/1430/2025 de 3 de diciembre (BOE 12/12/2025).
A continuación se detallan los cambios relacionados con el modelo 184:
1. Registro del declarante
- Se añade el campo “Número total de registros de rentas de entidad”. Permite indicar el total de registros tipo 2 incluidos en la declaración. Este campo no está visible en el programa, se calcula y se genera de forma automática en el fichero que se presenta.
2. Registro del socio, heredero, comunero o partícipe
- Subclaves del tipo D (rendimientos de actividades económicas) se amplían para incluir el régimen de determinación:
- 01 – Estimación directa normal
- 02 – Estimación directa simplificada
- 03 – Estimación objetiva (excluida actividad agrícola, ganadera, forestal)
- 04 – Estimación objetiva (agricultura, ganadería y forestal)
3. Campos de rendimiento neto en estimación objetiva
- Se modifica la redacción de dos campos para aclarar cuándo deben completarse:
- “Rendimiento neto previo de actividades económicas en estimación objetiva (excepto agrícolas, ganaderas y forestales)”
- “Rendimiento neto minorado de actividades agrícolas, ganaderas y forestales en estimación objetiva”
Modelo 345. Cambios legales.
Adaptación del modelo 3454 a la Orden HAC/1430/2025 de 3 de diciembre (BOE 12/12/2025).
Solo consta de una única modificación:
1. Modificación del campo en el registro del perceptor
- Se renombra el campo:
- De: “Rendimientos íntegros del trabajo no superiores a 60.000”
- A: “Rendimientos íntegros del trabajo superiores a 60.000”
- Valores para cumplimentarlo:
- Casilla marcada → si los rendimientos del trabajo superan 60.000 €
- Casilla desmarcada → si no los superan.