El software de facturación de Cegid Microdata ya está preparado para Verifactu.

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A partir del 29 de julio, tanto Cegid MsExpedientes como Cegid MsGest se comercializarán únicamente en versiones correctamente adaptadas a la Ley Antifraude.

Puede consultar las declaraciones responsables tanto de Cegid MsExpedientes como de Cegid MsGest, donde se incluye la información necesaria sobre estos sistemas informáticos, tal y como se requiere en el artículo 15 de la Orden HAC/177/2024, de 17 de octubre.

Proceso de actualización Veri*Factu en las aplicaciones de Cegid Microdata

Versión de preparación a Veri*Factu

En los próximos días se lanzará una versión de preparación a Veri*Factu en la que los clientes actuales de las aplicaciones podrán gestionar el proceso de obtención del otorgamiento de representación desde un asistente. Este asistente permitirá a los clientes gestionar la obtención del otorgamiento y prepararse para el proceso, pero sin activar aún el sistema.

Con ello, se enviará a las empresas seleccionadas el consentimiento de uso de Cegid Yet, componente encargado del cumplimiento de la Ley Antifraude, Veri*Factu. Para ello, debe tener dado de alta un correo electrónico en “Contactos” y un teléfono válido en “Móvil”.

Además de poder prepararse para este proceso —que será obligatorio a partir del 1 de enero de 2026 para sociedades— también podrá actualizar a la versión compatible con Veri*Factu o posponer la decisión para más adelante.

Actualizar a la versión Veri*Factu

Si se marca la modalidad VeriFactu o NoVeriFactu, se enviará el consentimiento para el envío a la AEAT, así como para garantizar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros, en cumplimiento de los requisitos de las facturas no verificables. En la modalidad VeriFactu el envío será constante, y en la modalidad NoVeriFactu, solo cuando lo solicite el usuario.

Mientras no se complete el consentimiento, la solución operará en modo NoVeriFactu, conservando un registro de facturación y de eventos privado, para que esté cubierto ante posibles requerimientos por parte de la AEAT.

Como sistema informático de facturación adaptado a la nueva normativa, las facturas incluirán un código QR conforme a los requerimientos establecidos. La activación de las comunicaciones con la AEAT requerirá la verificación de identidad del usuario para garantizar la autenticidad de la información.

Empresas exentas de acogerse a Veri*Factu

Existen excepciones al cumplimiento obligatorio de este reglamento. Si cumple alguna de ellas, puede no acogerse a este sistema:

  1. Empresarios en régimen de módulos o recargo de equivalencia, siempre que no estén obligados a emitir factura.
  2. Contribuyentes que aplican el Suministro Inmediato de Información (SII), tanto de forma obligatoria como voluntaria.
  3. Supuestos específicos de autofacturación cuando el cliente emite la factura en nombre del proveedor y está acogido al SII.

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