A partir del 29 de julio, tanto Cegid MsExpedientes como Cegid MsGest se comercializarán únicamente en versiones correctamente adaptadas a la Ley Antifraude.
Puede consultar las declaraciones responsables tanto de Cegid MsExpedientes como de Cegid MsGest, donde se incluye la información necesaria sobre estos sistemas informáticos, tal y como se requiere en el artículo 15 de la Orden HAC/177/2024, de 17 de octubre.
Proceso de actualización Veri*Factu en las aplicaciones de Cegid Microdata
Versión de preparación a Veri*Factu
En los próximos días se lanzará una versión de preparación a Veri*Factu en la que los clientes actuales de las aplicaciones podrán gestionar el proceso de obtención del otorgamiento de representación desde un asistente. Este asistente permitirá a los clientes gestionar la obtención del otorgamiento y prepararse para el proceso, pero sin activar aún el sistema.
Con ello, se enviará a las empresas seleccionadas el consentimiento de uso de Cegid Yet, componente encargado del cumplimiento de la Ley Antifraude, Veri*Factu. Para ello, debe tener dado de alta un correo electrónico en “Contactos” y un teléfono válido en “Móvil”.
Además de poder prepararse para este proceso —que será obligatorio a partir del 1 de enero de 2026 para sociedades— también podrá actualizar a la versión compatible con Veri*Factu o posponer la decisión para más adelante.
Actualizar a la versión Veri*Factu
Si se marca la modalidad VeriFactu o NoVeriFactu, se enviará el consentimiento para el envío a la AEAT, así como para garantizar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros, en cumplimiento de los requisitos de las facturas no verificables. En la modalidad VeriFactu el envío será constante, y en la modalidad NoVeriFactu, solo cuando lo solicite el usuario.
Mientras no se complete el consentimiento, la solución operará en modo NoVeriFactu, conservando un registro de facturación y de eventos privado, para que esté cubierto ante posibles requerimientos por parte de la AEAT.
Como sistema informático de facturación adaptado a la nueva normativa, las facturas incluirán un código QR conforme a los requerimientos establecidos. La activación de las comunicaciones con la AEAT requerirá la verificación de identidad del usuario para garantizar la autenticidad de la información.
Empresas exentas de acogerse a Veri*Factu
Existen excepciones al cumplimiento obligatorio de este reglamento. Si cumple alguna de ellas, puede no acogerse a este sistema:
- Empresarios en régimen de módulos o recargo de equivalencia, siempre que no estén obligados a emitir factura.
- Contribuyentes que aplican el Suministro Inmediato de Información (SII), tanto de forma obligatoria como voluntaria.
- Supuestos específicos de autofacturación cuando el cliente emite la factura en nombre del proveedor y está acogido al SII.