Cuando una empresa va a dar de alta a un trabajador, se deben seguir una serie de pasos y realizar unos trámites y gestiones imprescindibles, exigidos por ley, que serán de vital importancia para que todo esté correcto y nos eviten ser multados con cuantías nada deseables.
En este artículo vamos a indicar tanto los pasos a seguir a la hora de llevar a cabo esta gestión como también los pasos previos que hay que realizar.
Pasos previos a dar de alta a un trabajador
Antes de que un empresario pueda comenzar a contratar a trabajadores, debe estar inscrito como empresario en la Seguridad Social. Esta inscripción se debe solicitar a la Tesorería General de la Seguridad Social y debe realizarse antes del inicio de la actividad de la empresa. El empresario también tiene la obligación de comunicar cualquier tipo de cambio en los datos.
Otro paso previo es la afiliación del trabajador. Todas las personas físicas que vayan a realizar por primera vez una actividad laboral deben estar dentro del Sistema de la Seguridad Social. La afiliación del trabajador se realiza tan solo una vez y el número que se le asigne será único y para siempre, al igual que el DNI.
Documentos necesarios para dar de alta a un trabajador en la Seguridad Social
Para solicitar la inscripción del trabajador se necesita presentar una serie de documentación:
- Modelo oficial de la solicitud, un documento que identifique el titular de la empresa, y el NIF emitido por el Ministerio de Economía y Hacienda.
- En caso de no ser un empresario individual se debe presentar:
- Modelo oficial de la solicitud.
- Documento identificativo del titular de la empresa.
- NIF.
- Escritura de Constitución registrada.
- Copia del DNI o NIE de la persona que solicita la inscripción.
Variación de datos de trabajadores
La empresa también está encargada de comunicar las variaciones de datos de los trabajadores. Datos como son el nombre de la persona, domicilio, actividad económica, etc. Estas variaciones se comunicarán en el modelo TA. 7 en un plazo de seis días naturales.
Registro del contrato de trabajo
En el plazo de 10 días, se debe entregar una copia del contrato al Servicio de Empleo Público Estatal para su registro. En caso de que los contratos no se realicen por escrito, sino de forma verbal, el empresario mantiene tiene la obligación de comunicar que se ha establecido ese contrato, también dentro del plazo de 10 días.
Consecuencias de no dar de alta a un trabajador en la Seguridad Social
Si la empresa que está contratando a una persona no da de alta al trabajador, estaría infringiendo la ley y se enfrentaría a multas de entre aproximadamente 600 y 6200 euros. También, en el caso de que el contrato del trabajador fuera temporal, podría convertirse en indefinido.
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