DEFINICIÓN DE PAGAS EXTRAS CON IMPORTES FIJOS

Índice de contenidos
image_print

El Estatuto de los Trabajadores en su artículo 31 establece que: “El trabajador tiene derecho a dos gratificaciones extraordinarias al año, una de ellas con ocasión de las fiestas de Navidad y la otra en el mes que se fije por convenio colectivo o por acuerdo entre el empresario y los representantes legales de los trabajadores. Igualmente se fijará por Convenio Colectivo la cuantía de tales gratificaciones”

En su mayoría los convenios establecen que la cuantía de dichas pagas estén formadas por el salario base más la antigüedad, pero existen sin embargo, convenios que fijan un importe determinado para cada una de las categorías.

Para su definición dentro del programa de MsNomina seguiremos los siguientes pasos:

  1. Accederemos al Convenio de aplicación del trabajador, ya sea desde una de las fichas de los trabajadores :

 

O desde el icono de CONVENIOS que tenemos en la pantalla principal del programa:

  1. Posteriormente y para poder definir el importe a cada una de las categorías, accedemos a la pestaña de Pagas Extras en el Convenio:

 

Y teniendo en cuenta lo establecido por el convenio en cuanto al importe de la paga, entraremos a cada una de ellas y marcaremos lo siguiente:

 

En el caso de que sea el mismo importe para todas las pagas, solo será necesario marcar en el apartado de Interviene, el primer ítem de Base Ext./Vacac.1. De tratarse de importes diferentes habrá que señalar los tres.

Existen casos en los cuales el convenio establece solo un importe determinado en una de las pagas. En este caso y de la misma forma explicada anteriormente se marcará la casilla correspondiente a la paga en cuestión.

Es necesario aclarar que el texto de Vacaciones.1 que se encuentra al lado de la descripción de Base Ext., significa que también hay convenios que al igual que para las pagas establecen un importe determinado para las vacaciones. En cuyo caso se procedería de igual forma que para la definición de las Pagas extras, con la única salvedad de que accederíamos a la pestaña de VACACIONES y marcaríamos lo siguiente:

 

Aunque en gran medida los convenios establecen el mismo importe económico tanto para las pagas extras como para las vacaciones, si esto no fuese así, haremos uso de los ítems de Base Ext./Vac.2 o Base Ext./Vacac.3.

  1. Definidas las pagas o las vacaciones en su caso, ahora tendremos que informar el importe establecido por el Convenio, para lo que accederemos a la pestaña de Categorías:

Seleccionamos la categoría correspondiente y en esta pantalla nos encontraremos un apartado de BASE DE EXTRAS, con el indicativo de BASE 1, BASE 2 Y BASE 3, donde informaremos el importe que devengará el trabajador en concepto de Paga Extra o Vacaciones  dependiendo si es el mismo importe para todas las pagas o no lo es:

Como se señaló anteriormente, en caso de que el importe de las vacaciones sea distinto al de las pagas extras, marcaríamos Base 2 o Base 3 según proceda.

 

 

image_print
Síguenos en nuestro Canal de Whatsapp. Escanea el QR

Desde cualquier lugar, en cualquier momento

El poder de la nube en tu despacho. Tu despacho nunca se detiene.

En nuestro software:

✅ Laboral

✅ Contable

Promoción especial de verano: Contrata hoy, paga en Octubre.

En nuestro software:

✅ Laboral

✅ Contable

Solicitar llamada

Llámanos al 950 268 000
o déjanos tus datos y te llamamos nosotros.

Adjuntar archivo (opcional, hasta 5mb):