Con carácter general, el disfrute de vacaciones no puede sustituirse por prestación económica alguna, salvo cuando el contrato de trabajo se hubiera extinguido antes de la fecha fijada para el período vacacional, sin que se hubieran disfrutado las vacaciones correspondientes.
En este caso se genera un derecho a compensación económica proporcional a la duración de la prestación de servicios. Este cálculo se puede hacer tomando como referencia;
- Vacaciones devengadas desde el inicio de ejercicio
- Vacaciones teniendo en cuenta la Fecha de Alta del trabajador para aquellos casos en los que el alta de éste es en el año inmediatamente anterior a la Fecha de Extinción del contrato y, el trabajador no hubiese disfrutado la parte correspondiente de vacaciones en el ejercicio anterior.
En ambos casos se generará el importe de vacaciones en el Finiquito del trabajador.
Cuando el trabajador a lo largo del ejercicio ha disfrutado vacaciones y éstas no se han hecho constar a través del Diario de Asistencia en el momento del disfrute, al emitir el finiquito, puesto que a la aplicación MsNomina no le constan dichos días de vacaciones como disfrutados, calculará el valor de vacaciones proporcional.
Esto solo sucederá en aquellos casos en los que no se hayan registrado en el diario de asistencia ya que, por el contrario, si en su momento se indica en el diario y se calcula la nómina con los días de vacaciones reflejados, la aplicación al calcular el finiquito tendrán en cuenta esos días y no calculará valor de vacaciones o bien, si no ha disfrutado todos los días que le corresponden calculará solamente los días e importe pendiente.
Para aquellos supuestos, en los que en su momento no se han registrado los días de vacaciones en el diario, y están disfrutados para que en el finiquito no calcule valor de vacaciones es necesario acceder a la ficha del trabajador (antes de informar la fecha de baja de contrato), al apartado Contrato / Acumulados / y en Días de Vacaciones Disfrutadas reflejar los días que el trabajador tenga disfrutados, de esta forma al emitir el finiquito la aplicación comprobará dicho valor y en el caso de que no procedan no calculará valor alguno de vacaciones y, si proceden aún más días de los indicados en dicho apartado calculará la diferencia entre lo que corresponde y lo que realmente ha disfrutado.