¿Qué es la razón social?
Se habla del nombre legal y exclusivo de un individuo jurídica en todo el territorio nacional. En España, de esta forma como en algún país dotado de una registro fiscal de las ocupaciones económicas de los diferentes agentes baratos, toda persona jurídica ha de crear una cuenta legalmente con un nombre. Este nombre es exclusivo y, por consiguiente, único, en todo el territorio nacional, esto es, ninguna otra persona jurídica puede estar registrada legalmente con ese mismo nombre.
Diferencias entre razón social y nombre comercial
Muchas empresas utilizan un nombre comercial distinto al de la razón social para comercializar sus bienes o servicios. Es una costumbre recurrente y permitida legalmente. No obstante, el nombre comercial no puede sustituir a la razón social para aquellas gestiones y trámites administrativos y fiscales de la empresa. En otras palabras: una empresa no puede utilizar, entre otras cosas, el nombre comercial para anunciar facturas y enseñar sus afirmaciones fiscales al fisco.
La razón social en la factura
Entre los contenidos obligatorios de un modelo de factura constan, en caso de empresas, la razón social. Esto significa, como se comentaba más arriba, que, entre otras cosas, el nombre comercial no puede sustituir al de la razón social para la emisión de facturas, ya que no sería válido para la Agencia Tributaria. La omisión además parcial de la razón social además puede invalidar la factura. La razón social, por consiguiente, ha de figurar siempre completa, con la siguiente información: La dirección o domicilio fiscal. El CIF de la empresa. Sin ninguno de estos tres datos, las autoridades fiscales no aceptarán la factura de cara a inspecciones o afirmaciones fiscales.