Actualmente existen diferentes bonificaciones y reducciones en función de los distintos tipos de contratación que se puedan llevar a cabo.
Existen algunas Bonificaciones o Reducciones, que la aplicación las aplica automáticamente en función de la situación del trabajador o del Régimen al que este pertenezca, tales como :
- Las Reducciones en cotización que se aplica en el Sistema Especial Agrario.
- Las Bonificaciones por Trasformación de contratos eventuales en Indefinidos en el Sistema Especial Agrarios.
- Las Bonificaciones / Reducciones en el Régimen del SECET.
Pero hay otras que han de ser definidas por el usuario. A este respecto hay que señalar que, aunque en la actualidad sea la Tesorería General de la Seguridad Social, la que desde la implantación del Sistema Liquidación Directa las aplique de forma automática, es necesario configurarlas correctamente a efectos de construcción de tramos en el envío de los seguros sociales y para que los resúmenes contables o de costos coincidan con lo liquidado en los recibos de cotización.
Para crearlas desde la aplicación se puede hacer de dos formas, desde AUXILIARES – SEGURIDAD SOCIAL – BONIFICACIONES/REDUCCIONES o directamente desde la ficha del trabajador, en el apartado de Contrato/ Bonificaciones:
En ambos casos se procede de igual forma, pinchando sobre la opción Añadir para configurar el tipo de bonificación/reducción que proceda y rellenando todos los datos solicitados:
- Código Este campo lo rellena automáticamente el programa cuando le damos a añadir .
- Descripción: En la descripción se le indicará el nombre que el Usuario decida de forma que pueda identificar la bonificación para sus posteriores aplicaciones.
- Desc. abreviada: Es igualmente, un dato configurable por el usuario y no obligatorio.
- Disposición: Se informará la norma que establece la bonificación / reducción que se esté configurando. Igualmente no es un dato obligatorio para la correcta aplicación de la misma.
- Fecha: Fecha de entrada en vigor de la misma.
- Clave: La clave se va a rellenar en los siguientes casos:
- Bonificaciones de Centros Especiales de Empleo. En este caso se indicará la clave 13
- Bonificaciones de Importe Mensual. En estos casos se informará la clave 22
- Bonificaciones del Sector Textil. En el caso de estar aplicando alguna de ellas se indicará la clave 23
- Reducciones por transformación de contratos formativos en indefinidos. En estos casos se indicará la clave 06
- Tarifa Plana. Se informará la clave 31 para reducción aplicable a los dos primeros años.
- Tarifa Reducida. En estos casos la bonificación se creará con la clave 34
- En el resto de los casos quedaría en blanco.
- Importe / base: cuando la bonificación/reducción que necesitamos configurar es un importe, en este campo se ha de indicar el valor mensual.
- Rango de aplicación. El rango va a determinar a qué trabajadores corresponde esa bonificación, diferenciando:
-
- General. Se indicará en todas las bonificaciones o reducciones a las que no le corresponda ningún rango específico de los siguientes.
- Mayor 60 años: Este rango se informaba para las bonificaciones contempladas para trabajadores mayores de 60 años con más de 35 años de antigüedad en la empresa hasta alcanzar la edad de jubilación (actualmente no está en vigor).
- Mayor 65 años: Este rango se indicará para los trabajadores mayores de 65 años que continúan prestando servicios en la empresa.
- Maternidad /Paternidad. En el caso de aplicar una bonificación sobre un trabajador que tenga mecanizado una baja por Maternidad o Paternidad, se indicará este rango para su correcta aplicación sobre la base de cotización.
- Mayores 59 años. No vigente
- Por porcentajes: en el supuesto de una bonificación/reducción por porcentajes no se ha de indicar en el apartado de clave nada, sino que directamente se tiene que reflejar el tanto por ciento sobre la cuota afectada de empresa y/o trabajador que corresponda desde el signo +
A continuación se abrirá una pantalla donde informaremos los porcentajes, y si la Bonificación / Reducción tiene varios períodos entonces, las fechas de aplicación correspondientes:
Una vez creada para que se aplique en los seguros sociales, es necesario reflejarla en la ficha del trabajador concretamente en – CONTRATO – BONIFICACIONES indicando el rango de fechas que corresponda.