El Real Decreto Ley 1/2014, de 25 de enero, de reforma en materia de Infraestructuras y Transporte, y otras medidas económicas, modifica varios artículos de la ley 22/2013, de 23 de diciembre, la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
Uno de los artículos modificados sería:
“Con efectos desde 1 de enero de 2014, el primer párrafo del articulo 128. Diez. 2ª).B).2º. queda redactado como sigue:
2º. Contratación de duración determinada a tiempo parcial: el 8.30 por 100, del que el 6.70 por 100 será a cargo del empresario y el 1.60 por 100 a cargo del trabajador”.
Por ello se han de modificar las tablas de aportación de los trabajadores con Contratos de Duración Determinada a Tiempo Parcial (Tabla 07 a efectos de la aplicación).
Para su modificación, el usuario ha de acceder a Auxiliares\ Seguridad Social \ Aportaciones a la Seguridad Social.
Se selecciona el ejercicio 201401 y accedemos a la tabla de D.D.T.P. (Duración Determinada Tiempo Parcial), y modificamos los tipos de cotización correspondientes según lo establecido en el Real Decreto indicado anteriormente, quedando como se detalla a continuación:
En el caso de que se hayan gestionado nóminas para el mes de enero o finiquitos de trabajadores con contrato a tiempo parcial eventuales, NO se tendrán que borrar y volver a generar para aplicar los tipos correctos de cotización ya que solo afecta a la cotización empresarial, la cual se verá reflejada en los seguros sociales.