MsNómina Actualización versión 9.39 Abril 2025

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Boletín Noticias Red 06/2025

Inactividad Z. Modificación Causa baja suspensiva por causa Baja Extintiva.

En aquellos casos en los que se ha comunicado una baja de trabajador por suspensión de su actividad laboral y, sin que se haya producido una posterior alta en la misma cuenta de cotización se necesario informar de la extinción de la relación laboral en fecha posterior a la baja ya comunicada, se ha habilitado la anotación de valor Z – Inactividad no cotización / permanencia como Inactividad en los movimientos de baja por remesa.

Siguiendo las instrucciones facilitadas en el boletín de noticias Red indicado se procedería de la siguiente manera:

  1. Se ha de gestionar el alta a la persona trabajadores con fecha real del Alta igual a la fecha en que se considera que se ha producido la extinción de la relación laboral.
  2. A continuación, se deberá dar la baja con la correspondiente Clave de Situación que identifique la citada extinción, con fecha real de Baja igual a la Fecha Real de Alta y con valor Z como Inactividad.

Actualmente, en la aplicación MsNómina se trata la Inactividad Z a efectos de no calcular la nomina de aquellos trabajadores no incorporados tras el llamamiento. Con esta nueva gestión se le permitirá al usuario realizar los movimientos a través de los ficheros de Afiliación generados por la aplicación.

No obstante, tal y como se indica en el Boletín de Noticias Red hasta la publicación de una nueva versión de SILTRA, la comunicación de bajas con indicativo de INACTIVIDAD Z solo podrá realizarse mediante la modalidad online. En modalidad online estará disponible desde el 15.04.2025.

Bonificaciones Entidades Deportivas no Profesionales sin ánimo de lucro.

De acuerdo con la Ley 7/2024, de 20 de Diciembre, en su disposición adicional 2ª, establece:

» Tendrán derecho a una bonificación del cien por cien de la cuota empresarial por Contingencias Comunes, los clubs, asociaciones o entidades deportivas no profesionales sin ánimo de lucro por los trabajadores a su servicio que actúen como entrenadores o monitores dedicados a la formación, preparación o entrenamiento de personas menores de dieciocho años.

En todo caso, a efectos de la presente disposición, se entenderá práctica deportiva no profesional aquella en la cual los deportistas no estén sujetos a relación laboral según lo previsto en el articulo 1. punto 2 del RD 1006 /1985, de 26 junio, por el que se regula la relación laboral especial de los deportistas profesionales, con independencia de la disciplina, modalidad o categoría a la que se encuentre adscrita. En este sentido, un club, asociación o entidad deportiva sin ánimo de lucro podrá contar de forma concurrente con práctica deportiva no profesional y práctica deportiva profesional, supuesto en el cual la bonificación solo será de aplicación para entrenadores y monitores de práctica no profesional. […].

En el Boletín de Noticias Red 04/2025 se daban las instrucciones de procedimiento, así como los datos a gestionar en la cuenta de cotización de la empresa, a nivel del trabajador, actividad…. etc

En el ámbito de Afiliación, los trabajadores a los que resulten de aplicación las bonificaciones de cuotas establecidas anteriormente, se identificarán con el valor:

9941.- Entrenadores / Monitores. Bonificados. Ley 7/2024, del campo Relación laboral de carácter especial.

Los trabajadores a los que NO resulte de aplicación la bonificación por aquellos periodos en los que no se cumpla al inicio de la contratación la condición de entrenador o monitor dedicado a la formación, preparación o entrenamiento de personas menores de 18 años, se identificarán con el valor:

9942.- No Bonifica. Entrenadores / Monitores. Ley 7/2024

Estos colectivos ( 9941 y 9942) únicamente se admitirá en registros de trabajadores en los que curran las siguiente condiciones:

a) CNO:

  • 3722 Entrenadores de actividades deportivas
  • 3723 Instructores de actividades deportivas
  • 3724 Monitores de actividades recreativas o de entretenimiento.

b) Tipo de Contrato: 100, 189, 200, 289, 300, 389, 402, 410, 420, 421, 441, 502, 510, 520, 540 o 541

A nivel de la cuenta de cotización, para que sean admisibles los valores indicados, la empresa deberá haber anotado previamente la Causa de Peculiaridad de Cotización 116.- Club Asoc. Ent. Dep. S/Animo Lucro L7/2024.

Esté indicador constituye una Declaración Responsable sobre la concurrencia de los siguientes aspectos:

  • Que se trata de un club, asociación o entidad deportiva no profesional sin ánimo de lucro
  • Que se encuentra inscrita en el correspondiente registro, estatal o autonómico, de Entidades Deportivas, conforme a lo establecido en el articulo 40 de la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, clubes, asociaciones o entidades deportivas no profesionales sin ánimo de lucro

A efectos de la aplicación, se incorporan los dos nuevos colectivos en el Trabajador \ Otros Datos \ Relación Laboral de Carácter Especial.

Con respecto a la bonificación se ha de crear en Auxiliares \ Bonificaciones y Reducciones y se le indicará a los trabajadores que tengan derecho a ella, desde el 22/12/2024 en los casos que ya estuviesen anteriormente contratados o la fecha de alta si se trata de contratos nuevos. Para crear la bonificación se adjunta enlace: https://microdata.es/mini-guia-sobre-creacion-de-bonificaciones-en-msnomina/ donde se explica como gestionar una Bonificación / Reducción en la aplicación MsNomina.

La comunicación de los movimientos de alta a través de la actual versión SILTRA 3.7.1 al validar el fichero de Alta de trabajadores a los que le corresponda esta nueva relación laboral de carácter especial muestra el siguiente error. Este mensaje, entendemos, se subsanará con la publicación de la nueva versión SILTRA.

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