Actividades agrícolas.
Orden HFP/348/2024, de 17 de abril (BOE 19/04/2024):
Se modifica para el período impositivo 2023 los índices de rendimiento neto y la reducción general aplicables en el método de estimación objetiva del IRPF para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales. Para aplicar los nuevos índices de rendimiento el programa tiene previstas tres líneas en cada producto. La primera línea lleva fijado el índice de rendimiento general y que se aplicaba desde el inicio de la campaña de Renta pero en las otras tres líneas el usuario puede introducir manualmente el índice de rendimiento que corresponda cuando se trata de uno de los productos y municipios cuyo índice de rendimiento reduce la Orden HAC/348/2024, de 17 de abril.
Otro cambio que introduce la Orden HAC/348/2024 es el incremento del porcentaje de reducción general de estas actividades agrícolas y ganaderas en Estimación objetiva que se eleva del 10% al 15%. Si ya tenía grabadas en el programa actividades agrícolas/ganaderas en estimación objetiva, habría que entrar en la ficha de cada actividad para que al grabarla el programa recalcule la reducción general con el nuevo porcentaje del 15%.
Se corrige incidencia que no permitía grabar la ficha de los rendimientos cuando existen subvenciones de la PAC e ingresos distintos de las ayudas inferiores al 25% de los ingresos totales.
Actividades Estimación Directa Simplificada.
Se revisa la opción de importar datos para que aparezca por defecto el 7% de provisiones y gastos de difícil justificación al importar información del programa Microdata.
Sistema de comunicación con los servicios de la Agencia Tributaria.
En esta actualización se incluye un nuevo sistema de comunicación con los servicios web de la Agencia Tributaria para realizar la presentación de declaraciones, descarga del PDF justificante de presentación o para realizar la descarga de Datos fiscales desde equipos antiguos con versiones de Windows anteriores a Windows 10 que actualmente no funcionan porque esas versiones no contemplan los sistemas de cifrado del protocolo TLS 1.2 que requieren algunos servicios web de la AEAT.
Si trabaja en un equipo con Windows 10 ó Windows 11 no será necesario cambiar nada generalmente porque ya deberían funcionarle estas opciones de presentación a la AEAT.
En cambio, si utiliza un equipo con Windows 8 ó Windows 7 podría seleccionar esta nueva opción de comunicación. Esta opción se configura en el menú “Ficheros”, “Configuración”, “Programa” y en la solapa “Impresión”. En esa opción se puede marcar la casilla “Utilizar módulo CURL para el envío de declaraciones a la AEAT” para utilizar este sistema. En ese mismo apartado hay unos botones para descargar la librería CURL en su versión de 32 bits o en 64 bits. La instalación hay que realizarla en la misma carpeta donde esté instalado el programa de Renta.