Novedades fiscales 2021 para el Impuesto de Sociedades

novedades impuesto de sociedades 2021
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¿Qué cambios en fiscalidad hubo en 202o para el Impuesto de Sociedades?

La normativa tributaria aprobada a lo largo de este año 2020 se ha focalizado en contribuir a las compañías, dotándolas de liquidez, para facilitarles la superación esta crisis originada por la pandemia. Además se han publicado normas que cambian el impuesto sobre sociedades y que afectan a los ciclos impositivos iniciados desde 1 de enero de 2020:

  • se han incrementado los incentivos fiscales relacionados con la producción cinematográfica (Real Decreto-ley 17/2020);
  • se ha modificado el régimen fiscal de las autoridades portuarias que dejan de estar medianamente exentas del Impuesto, estableciéndose deducciones por determinadas inversiones (Real Decreto 26/2020);
  • y para el área de la automovilística, por un lado, se incrementa el porcentaje de deducción por originalidad tecnológica y, por otro, se regula una independencia de amortización para las inversiones que impliquen la sensorización y vigilancia de la cadena productiva (Reales Decreto-ley 23/2020 y 34/2020).

¿Qué novedades se prevén en fiscal para el Impuesto de Sociedades en 2021?

Actualmente hay dos Proyectos de ley en tramitación parlamentaria que modificarán la ley del Impuesto: el de medidas de prevención y pelea contra el estafa fiscal y el de Presupuestos Generales del Estado para2021.

Medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal

Respecto al primero, hay que decir que prevé dos cambios que perjudicarán a periodos impositivos iniciados en 2020, siempre que dicho ejercicio no haya concluido a la entrada en vigor de la norma. Por un lado, se modifica el régimen del exit tax, siendo la noticia que se va a poder fraccionar en quintas partes la deuda tributaria originada por la incorporación en la base imponible de la renta que se produce si una entidad traslada su vivienda fuera del territorio español y a un Estado de la UE o del Espacio Económico Europeo cuando, hasta en este momento, se podía pedir el postergamiento del pago.

Además, además se modifica el régimen de transparencia fiscal en todo el mundo.

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Ley de Presupuestos Generales del Estado

En lo relacionado al Proyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado para 2021, lo verdaderamente llamativo es, por un lado, la modificación de la exención y de la deducción para evadir la doble imposición sobre dividendos o sobre las rentas generadas en las transmisiones de participaciones que, de ser plena, pasa a ser del 95 por 100. Por otro lado, deja de aplicarse tanto la exención como la deducción cuando la entidad perceptora de las rentas detenta un porcentaje inferior al 5 por 100 pero el valor de compra de la participación en la filial es mayor a 20 millones de euros. En este supuesto se regula un régimen transitorio por un periodo de 5 años.

Para terminar de apuntar las novedades proyectadas, tenemos que referirnos al Anteproyecto de ley por el que se modifica la ley del Impuesto sobre Sociedades y la del Impuesto sobre la Renta de no Residentes que va a transponer la Directiva (UE) 2016/1164 que también tendrá efectos desde ejercicios iniciados en 2020 que no hayan concluido a la entrada en vigor de la norma y que intenta corregir las asimetrías híbridas.

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A tener en cuenta respecto al cierre fiscal de 2020

Es importante tener en cuenta que este es el último año para revertir el saldo pendiente correspondiente al ajuste negativo que se realizó por el deterioro de las participaciones no cotizadas en los años anteriores a 2013. Recordamos que el Real Decreto 3/2016, que regula la reversión citada, podría declararse inconstitucional tal y como ha ocurrido con el Real Decreto-ley 2/2016, que modificó el régimen legal de los pagos fraccionados en el Impuesto, declarado nulo por establecer unas modificaciones sustanciales en el impuesto a través de la vía legislativa del Real Decreto-ley y no a través de una ley ordinaria, como habría sido lo adecuado. Por este motivo, y por si, finalmente, también esta norma fuera inconstitucional, se recomienda que los ejercicios en los que se haya realizado la reversión 2016 a 2020 no devengan firmes por la finalización del período de prescripción o porque adquiera firmeza una liquidación tributaria.

Para ampliar información el Consejo General de Economistas de España ha elaborado un documento donde analizan 85 cuestiones en relación al cierre fiscal y contable del Impuesto de sociedades 2020 donde se puede consultar recomendaciones para el cierre fiscal y contable, y cuestiones contables y fiscales controvertidas relacionadas con la pandemia. Puedes descargar el documento en pdf aquí.

 

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