Vamos a diferenciar dos formas de registrar las existencias en MsConta, dependiendo de si la empresa está obligada o no a llevar diario:
Con Diario:
El asiento de diario de “Regularización de Existencias” se hace desde MsConta, indicando las existencias finales de cada subcuenta. La opción se encuentra en el menú Auxiliares, “5. Regularización de Existencias”.
Este asiento se debe hacer por cada IAE que tenga la empresa, seleccionándolo del mantenimiento de epígrafes, al que se accede pulsando sobre “…”:
Al marcar “Asiento”, se muestra una pantalla con las existencias actuales si hubiera y el usuario tiene que indicar las existencias finales que procedan en cada caso.
Por ejemplo, si tenemos las existencias iniciales:
30000.00.00000 —->750
30100.00.00000 —->800
Y queremos registrar como finales las siguientes:
30000.00.00000 —->0
30100.00.00000 —->455
30700.00.00000 —->900
En la pantalla de existencias finales indicamos lo siguiente y pulsamos OK:
Se mostrará un mensaje diciendo “Asiento de regularización terminado”.
En el diario, podemos ver que el último asiento que tenemos es a 31/12, cancelando las existencias iniciales que tuviésemos y poniendo como finales las introducidas en la pantalla de existencias finales.
El asiento de regularización de existencias (que solo se refleja en el diario), según el ejemplo anterior, quedaría como se muestra a continuación:
Sin Diario:
En el caso de que la empresa sea una Persona Física, no obligada a llevar diario contable, el registro de las existencias se hace en “Cuenta explotación”, opción 7 de Listados. Siempre podemos ver las existencias que se incluyen en la cuenta en la cuenta de explotación, visualizando las “Existencias Registradas” del menú Mantenimiento:
Para registrar las existencias hay que pedir la cuenta de explotación de un periodo, nos muestra una pantalla con las existencias iniciales y finales registradas para ese periodo, y es en esta pantalla donde se graban o modifican las existencias que se tendrán en cuenta para el cálculo de la cuenta de explotación y por tanto para el pago a cuenta de la renta, modelo 130.
En ambos casos, diario y sin diario, las existencias finales se pasarán como iniciales al ejercicio siguiente al realizar la apertura.