PROCEDIMIENTOS ERE
La comunicación de los procedimientos de “ERE/ERTEs” a través de la aplicación CERTIFIC@2 supone la comunicación de la empresa a la Entidad Gestora por medios electrónicos de las medidas de despido colectivo adoptadas conforme al artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores, así como de las medidas de suspensión de la relación laboral o de reducción de jornada adoptadas conforme al artículo 47 del Estatuto de Trabajadores.
Transmisión previa de datos sobre despidos colectivos, suspensión de la relación laboral y reducción de jornada (procedimientos de “ERE”)
Estas comunicaciones se efectúan mediante el envío de ficheros en formato XML.
Pasos previos en programa de nóminas:
A efectos del programa de MsNomina, los pasos previos a seguir para gestionar la comunicación son:
1. Tener la anotación del ERE/ERTE mecanizada en el Diario de Asistencia.
2. Tener informado el número de ERE/ERTE en la ficha del trabajador.
3. En el caso de trabajadores con Reducción de Jornada haber informado la jornada de prestación de servicios en la ficha del trabajador.
Para la generación de los ficheros accederemos a Explotación/ Certific@/Tramitación de despidos colectivos, suspensión total o reducción de jornada:
Al elegir esta opción, se nos abrirá una pantalla donde deberemos informar el número del ERE/ERTE que les hemos indicado a los trabajadores en su ficha y a continuación la opción de Añadir Trabajadores:
En la pantalla que nos sale a continuación, elegiremos la empresa y los trabajadores. La selección de trabajadores no es obligatoria, ya sólo va a cargar aquellos que tengan el número de expediente informado en su ficha y anotación en el diario de asistencia. Si en el apartado de Periodo de ERE no indicamos ninguna fecha, nos tomará a TODOS los trabajadores con anotación en el Diario.
Por el contrario si le ponemos la fecha exacta consignada en el Diario de Asistencia, solo nos tomará los trabajadores con esa fecha:
A continuación nos aparecerá una pantalla donde debemos rellenar ciertos datos que se explican a continuación:
TIPO DE ENVÍO
a. Alta Inicial: Es el primer envío que se ha de realizar al SEPE, informando el inicio del ERE/ERTE, informando el inicio del porceso. Por ello no se puede realizar una comunicación de Variación sin haber comunicado previamente un Alta Inicial.
Las Altas Iniciales se comunican:
- Casos en que la empresa aún no conoce Trabajadores y/o calendarios afectados por el ERE.
- Cuando conoce los trabajadores y los calendarios (aunque no sea con exactitud), pudiéndose informar en este envío los centros de trabajo, trabajadores y calendario.
b. Variación de Datos: se comunica en los siguientes casos:
- Cuando la empresa quiera realizar cualquier modificación de los datos respecto de los comunicados inicialmente, tales como trabajadores, calendarios, etc.
- Cuando la empresa necesite comunicar la incorporación de nuevos trabajadores al ERE que no hayan estado incluidos previamente o la extracción de trabajadores cuando en un movimiento anterior se hubiese informado su incorporación.
DATOS DEL PROCEDIMIENTO DEL ERTE/ERTE
Datos de obligado cumplimiento puesto que identifica que tipo de proceso ha elegido la empresa.
Y se mecanizará:
a. Ámbito Territorial:
-
- Nacional: si las provincias de todos los centros de trabajo pertenecen a una comunidad Autónoma.
- Provincial: si pertenecen a una misma provincia.
- Autonómico: Cuando la provincia sea de una comunidad uniprovincial.
b. Tipo de Procedimiento: Tipo de proceso que ha adoptado la empresa.
c. Causa Alegada: Motivo que da lugar a la adopción de la medida, ya sea económico, Organizativo, Técnicas, De producción, Fuerza Mayor o Concursal.
d. Acuerdo: Se indicará si el periodo de consultas ha finalizado con acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores.
e. Período de Aplicación: La fecha DESDE y HASTA del procedimiento es Obligatoria. En el caso de comunicar una extinción la fecha podrá ser igual a la de inicio, pero para el resto de procesos deberá ser posterior a la de DESDE.
DATOS DE LA EMPRESA
En este apartado se reflejan la información relativa a la empresa. Aparte de los datos que carga pro defecto el programa, hay que cumplimentar los siguientes:
- Localidad: Este dato hace referencia a la Localidad donde se sitúa la empresa o empleador. Dato Obligatorio.
- Naturaleza: se informa el tipo de empresa de la que se trata, si es Privada, una Administración Pública u otras entidades del sector público. Dato Obligatorio.
- Empresa con Beneficios.
- Decisión Empresarial:Fecha de la comunicación de la Decisión Empresarial a la Autoridad Laboral sobre la medida adoptar, una vez finalizado el período de consultas. Dato Obligatorio.
- Resolución Autoridad Laboral: Fecha de la resolución de autoridad laboral cuando se trata de un expediente por Fuerza Mayor. Es un dato obligatorio cuando la causa alegada sea F (Fuerza Mayor).
- Informe AAPP: Fecha de informe emitido por las AAPP. Es obligatorio cuando la naturaleza de la empresa es una Administración Pública u Otras Entidades del Sector Público.
- Resolución Judicial: Fecha adoptada en el seno de un Procedimiento concursal, dato obligatorio en este caso.
DATOS REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA
Este dato no es obligatorio cumplimiento. Pero si la empresa lo informa, ha de cumplimentarse como mínimo el CIF/NIF y Nombre y Primer Apellido.
Si solo se cumplimentase el teléfono o el correo electrónico dará ERROR.
DATOS DEL CENTRO DE TRABAJO
Se puede tramitar el envío de información relativa a múltiples centros de trabajo, de ahí que el programa de la opción de añadir o suprimir centros:
Se pueden realizar envíos sin informar centros de trabajo, siempre y cuando no se trate de una MODIFICACION, en cuyo caso este dato es OBLIGATORIO. Para cada Centro de trabajo se debe especificar al menos un trabajador afectado, pudiéndose informar varios en el mismo centro.
DATOS DEL TRABAJADOR AFECTADO
Como hemos dicho anteriormente, cuando se informa el número del ERE/ERTE, se van a cargar los trabajadores que tengan apunte en el Diario de Asistencia teniendo en cuenta el tramo de fechas que se le ha informado.
Si queremos consultar los datos asociados a ese trabajador pincharemos en el icono :
Tipo de Transacción:
Los tipos posibles son:
- Alta (A): Esta opción se utiliza cuando se le ha de informar al trabajador el calendario o cuando habiéndose comunicado, este requiera ser ampliado. Esta ampliación no ha de solaparse ni estar incluido en el comunicado con anterioridad. En el programa por defecto aparece Alta.
- Modificación (M): esta opción se utiliza cuando sea necesario informar los cambios de datos, en relación con la comunicación efectuada con anterioridad, tales como:
-
- Datos personales del Trabajador.
- Fecha de Extinción.
- Tipo del Procedimiento del Trabajador y como consecuencia de este, período de suspensión/reducción, Horario de Reducción, Porcentaje y Tipo de Reducción.
- Anulación (B): utilizaremos esta opción cuando se trate de una Eliminación o Extracción de un periodo de suspensión /reducción o fecha de Extinción anteriormente comunicado o que haya estado comprendido en el mismo.
En el caso querer comunicar la eliminación de todos los datos de un trabajador porque por ejemplo, este no debía ir incluido en el ERE se informará también con este movimiento, pero no debe ir ningún calendario cumplimentado.
Aspectos a tener en cuenta respecto a lo anterior:
Podrán comunicarse tantas altas, modificaciones o bajas como sean necesarias.
- La primera comunicación que se realice de un trabajador deberá ser Alta.
- En todos los casos es obligatorio comunicar un calendario, excepto cuando se quiera eliminar a un trabajador del procedimiento.
Tipo de Procedimiento:
- Extinción: Se indicará la fecha de finalización del ERTE o fecha fin de la prestación de servicios en el caso de que se trata de despidos.
- Reducción: Ha de estar cumplimentado al menos un periodo de suspensión/reducción, un horario de reducción, porcentaje de la misma y el tipo.
Cuando se trate de reducción de jornada hay modificar el registro e indicar los horarios que va a realizar el trabajador, para ello marcamos el icono del campo Horario del período y mecanizaremos cual será el horario en cada caso:
- Suspensión: deberá mecanizarse al menos un periodo de suspensión/reducción.
En el caso de Suspensión/Reducción el programa cargará el porcentaje de reducción informado en la ficha del trabajador como se señaló anteriormente, así como el periodo de vigencia de la suspensión /reducción.
Cuando se haya realizado la comunicación del Procedimiento de Alta y posteriormente se necesite llevar a cabo comunicaciones con Variaciones, se ha de generar un nuevo proceso. En relación a esto, y dado que tenemos la comunicación Inicial gestionada, no es necesario mecanizar todos los datos nuevamente, sino que bastaría con copiar el registro existente, situándonos sobre el proceso ya mecanizado y pinchando sobre el icono que se señala en la pantalla:
Hecho este proceso, duplica el registro y solo tendremos que cambiar el tipo de Procedimiento por Variación de Datos y modificar los datos de los trabajadores que tengan modificaciones.
Finalmente, ya sea tratándose de Alta o Variación de Datos, seleccionaremos Siguiente y generamos el fichero:
Para enviar dicho fichero utilizaremos el mismo procedimiento que para los envíos de los Certificados de Empresa o Periodos de Actividad a través de Certific@.