Modelo 200. Cambio legal.
Adaptación del modelo 200 a la Orden HAC/529/2026, de 7 de mayo (BOE de 29 de mayo de 2026). Esta versión incorpora la presentación telemática del modelo 200, disponible en la AEAT a partir del 1 de julio.
En general, el modelo mantiene la misma estructura que en ejercicios anteriores. Las principales novedades son las siguientes:
- Adaptación a la CNAE-2025. En los datos de identificación de la entidad, la actividad principal deberá consignarse con el código de la nueva clasificación CNAE-2025, en sustitución de la CNAE-2009 utilizada hasta ahora.
- Impuesto Complementario y Grupos de Gran Magnitud. Se actualiza el enunciado de las claves 00081 y 00082 para incluir expresamente como tipo de entidad a las filiales o sociedades matrices de un «grupo nacional de gran magnitud». También se adapta el literal del apartado «Grupo Mercantil» en la página 1 bis, sin que ello suponga cambio práctico alguno.
- Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones. Se incorpora la nueva casilla 03401 (página 12) para reflejar la corrección fiscal derivada de la no deducibilidad de este impuesto en el Impuesto sobre Sociedades.
- Reserva de capitalización vinculada al empleo. Se introducen modificaciones en la página 20 bis para aplicar el nuevo sistema de reserva de capitalización. El porcentaje de reducción en la base imponible se incrementa del 15% al 20% del importe del aumento de los fondos propios, pudiendo llegar al 30% si se cumplen determinados parámetros de incremento de plantilla. El límite máximo de la reducción pasa a ser, con carácter general, el 20% de la base imponible positiva previa, y el 25% para entidades con INCN inferior a un millón de euros. Para reflejar estos cambios, se añade la casilla 03594 para el «Incremento porcentual de la plantilla media total» y una nueva casilla de verificación para el límite incrementado del 25%.
- Acontecimientos de Excepcional Interés Público. Se actualizan las deducciones para incentivar determinadas actividades (páginas 18 y 18 bis) con los acontecimientos de excepcional interés público del ejercicio 2025, aprobados por el Real Decreto-ley 8/2025, de 8 de julio.
- Nuevos tipos de gravamen.
- Entidades con INCN inferior a 1 millón de euros (microempresas): aplicarán el 21% sobre los primeros 50.000 € de base imponible y el 22% sobre el exceso.
- Entidades de reducida dimensión con INCN igual o superior a 1 millón e inferior a 10 millones de euros: aplicarán el 24%, salvo que les corresponda otro tipo específico.
- Cooperativas: se actualizan los tipos aplicables según su régimen:
- Resultados cooperativos: 20%, 18%/19% o 12%, según el caso.
- Resultados extracooperativos: 24%, 21%/22% o 15%, según el caso.
- Ajuste de la cuota líquida mínima. Como consecuencia de los nuevos tipos de gravamen, se adapta el cálculo de la cuota líquida mínima para microempresas y entidades de reducida dimensión. El porcentaje aplicable será el resultado de multiplicar el tipo de gravamen por quince veinticincoavos, redondeando por exceso.
- Libertad de amortización en vehículos e infraestructuras de recarga. Se mantiene la libertad de amortización para inversiones en vehículos nuevos FCV, FCHV, BEV, REEV o PHEV y en nuevas infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos que hayan entrado en funcionamiento en 2024 y 2025.
- Libertad de amortización en energías renovables. La derogación del Real Decreto-ley 2/2026 deja sin efecto la prórroga de este incentivo para inversiones realizadas en 2025 y 2026, quedando aplicable únicamente para las inversiones que hayan entrado en funcionamiento en 2023 y 2024.
Depósitos de Cuentas Anuales. Novedades.
Se han actualizado los modelos oficiales para la presentación de cuentas anuales en el Registro Mercantil, de acuerdo con la Resolución de 19 de mayo de 2026, publicada en el BOE de 29 de mayo de 2026. Quien necesite ampliar la información puede consultar el texto completo en el BOE.
Principales cambios
CNAE 2025
Los nuevos modelos eliminan las referencias al CNAE 2009 y pasan a trabajar con el CNAE 2025. Este cambio afecta a los modelos Pyme, Abreviado y Normal.
Certificación de aprobación de cuentas
Cuando proceda, la certificación de aprobación de cuentas deberá recoger si se ha utilizado la previsión de reformulación de cuentas anuales prevista en el Real Decreto-ley 4/2025. Esta novedad afecta a los modelos Pyme, Abreviado y Normal.
Esta mención no se incorporará de forma automática en la aplicación. Si la sociedad ha utilizado dicha previsión de reformulación, el usuario deberá revisar y adaptar manualmente la certificación antes de presentar el depósito.
Cambios específicos del modelo Normal
El modelo Normal incorpora novedades adicionales en materia fiscal:
Memoria. Impuesto Complementario
Nueva mención en la nota 12 de la memoria, relativa al Impuesto Complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición.
Por defecto, en la nota 12 de la memoria la aplicación informará que la sociedad no se encuentra dentro del ámbito de aplicación del Impuesto Complementario. Si una sociedad sí estuviera afectada por esta normativa, el usuario deberá revisar y adaptar manualmente el texto de la memoria para reflejar la información que corresponda.
Informe público del Impuesto sobre Sociedades
El modelo Normal incorpora una nueva información relativa al informe público del Impuesto sobre Sociedades, también conocido como información país por país.
Esta obligación afecta únicamente a determinadas sociedades o grupos de gran dimensión, principalmente empresas independientes o grupos multinacionales con ingresos superiores a 750 millones de euros, conforme a los requisitos establecidos en la normativa aplicable.
Debido a que se trata de una obligación muy específica y no habitual para la mayoría de sociedades que presentan cuentas anuales, esta información no se cumplimenta desde la aplicación. Si el usuario gestiona una sociedad que se encuentre dentro del ámbito de aplicación de esta obligación, deberá traspasar la información desde MsModelos al programa D2 y cumplimentar allí manualmente el apartado correspondiente antes de realizar la presentación del depósito.
Memoria
Se incorporan en la aplicación las plantillas de memoria del ejercicio 2025 para los modelos Pyme, Abreviado y Normal, de forma que los tres modelos dispongan de su correspondiente plantilla actualizada para el nuevo ejercicio.
En los modelos Pyme y Abreviado, la plantilla de memoria no presenta cambios de contenido respecto al ejercicio 2024. Su incorporación responde únicamente a un criterio de homogeneización dentro de la aplicación.
La memoria del modelo Normal sí se actualiza para incluir la adaptación de la nota 12 indicada anteriormente, relativa al Impuesto Complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición.