Actualizado: 11 junio, 2021
El Impuesto sobre Sociedades (IS) es un tributo de carácter directo y de naturaleza personal que grava la renta de las sociedades y demás entidades jurídicas.
Este IS está regulado por el Real Decreto Legislativo 4/2004 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (TRLIS) y por el Real Decreto 1777/2004, que contiene el reglamento del impuesto, publicado en el BOE del 6 de agosto.
El IS se exigirá en todo el territorio español sin perjuicio de los regímenes tributarios forales y de los tratados y convenios internacionales suscritos por España. Estarán sujetas al impuesto las rentas cualesquiera que fuere su fuente u origen, por parte de la sociedad y demás entidades jurídicas obligadas por el impuesto.
El hecho imponible de este impuesto es la obtención de renta por parte del sujeto pasivo, cualquiera que sea su fuente u origen.
El sujeto pasivo son las personas jurídicas, excepto las sociedades civiles. Esto también incluye, entre otras entidades:
- Las uniones temporales de empresas (UTE).
- Los fondos de inversión mobiliaria (FIM), los fondos de capital de riesgo o de pensiones, los fondos de regulación del mercado hipotecario, de titulización hipotecaria, de titulización y de garantía de inversiones.
- Las comunidades titulares de montes vecinales en mano común reguladas por la Ley 55/80.
La base imponible estará constituida por la renta obtenida en el periodo de la imposición, minorada por la compensación de bases imponibles negativas de ejercicios anteriores. Se podrá determinar por los siguientes regímenes:
- Estimación directa: consiste en corregir, mediante los preceptos establecidos en la Ley del IS, el resultado contable determinado de acuerdo con las normas del Código de Comercio y demás leyes relativas a dicha determinación.
- Estimación objetiva: será aplicable cuando la Ley del IS lo determine de forma expresa.
- Estimación indirecta: es un procedimiento subsidiario que se empleará, según lo dispuesto en la Ley General Tributaria, cuando la base imponible no pueda determinarse por el método de estimación directa.
En cuanto al tipo impositivo, el impuesto establece diferentes tipos en función de la clase de empresa y actividad.
La cuota tributaria de este impuesto se obtiene multiplicando la base imponible por el tipo de gravamen correspondiente.
La deuda tributaria del IS es el resultado que se obtiene después de aplicar las deducciones sobre la cuota tributaria y las retenciones, pagos a cuenta y pagos fraccionados. La cantidad resultante constituye el líquido a ingresar o a devolver.
Según establece el Art. 29, el devengo del impuesto de producirá el último día del periodo impositivo (que no excederá de 12 meses), entendiendo con tal el que coincida con el ejercicio económico de la actividad.
La declaración del impuesto se presentará en el plazo de los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores a la conclusión del periodo impositivo. Al margen de esta declaración anual, se realizarán pagos fraccionados a cuenta, en los primeros 20 días naturales de los meses de abril, octubre y diciembre.