Nuevos modelos de cuentas anuales 2020. Hoja COVID-19

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El 26 de julio de 2021, se publicó en el BOE la Orden JUS/793/2021, de 22 de julio, por la que se aprueban los modelos de presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales consolidadas de los sujetos obligados a su publicación y la Orden JUS/794/2021, de 22 de julio, por la que se aprueban los nuevos modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales de los sujetos obligados a su publicación.

Cambios en los modelos de presentación de Cuentas Anuales 2020

Los nuevos formularios deben utilizarse obligatoriamente desde hoy, 27 de julio de 2021 (fecha de entrada en vigor), por aquellas entidades que tengan pendiente de depositar y presentar en el Registro Mercantil sus cuentas anuales. Estos cambios no serán de aplicación para las cuentas presentadas hasta el 26 de julio de 2021.

Comunicado Colegio de Registradores

Información sobre Depósito de Cuentas Anuales del ejercicio iniciado el 01/01/2020

Debe utilizarse para su depósito el nuevo modelo aprobado por la Orden JUS/704/2021, de 22 de julio, publicada el pasado 26 de julio.

Se advierte que, salvo la novedad de la hoja COVID 19, el resto de los formularios es el mismo del ejercicio anterior.  En caso de tener dificultad para rellenar el nuevo modelo de depósito, es posible formalizar la presentación utilizando el modelo anterior, pero sujeto a complementarlo posteriormente. POR TANTO

  1. Modelo de depósito digital (D2) anterior a la OM JUS/704/2021 que se puede descargar en este enlace. IMPORTANTE: Al abrir la aplicación le informará que existe una nueva versión y si quiere descargarla. NO DESCARGAR LA ÚLTIMA VERSIÓN, salvo que desee utilizar ya los nuevos modelos por la Orden JUS/704/2021, de 22 de julio antes citada.
    Al hacer uso del modelo de cuentas anterior al ahora publicado y en vigor, no se están introduciendo las novedades exigidas por la Orden Ministerial citada, por lo que podrá recibir una comunicación del registrador competente, advirtiéndole de un defecto en el depósito que podrá subsanar de forma independiente en el plazo de cinco meses siguientes a la presentación. La subsanación requerirá únicamente rellenar los documentos que se exigen por dicha Orden a efectos de informar sobre:
    • Hoja de información COVID19.
    • La constancia, en la hoja de presentación de las cuentas, de la fecha de emisión del informe  auditoría, cuando haya existido dicha auditoría.
    • Separación documental, en el informe de gestión, de determinada información no financiera  que deben presentar determinadas sociedades.
  2. Modelo de depósito digital (D2) conforme con la OM JUS/704/2021 que se puede descargar en este enlace. Incluye toda la información adicional exigida desde el 27 de julio de 2021 y no exigirá que se remita más adelante.
SII PROGRAMA CONTABILIDAD

Cómo realizar la presentación de los nuevos modelos de las cuentas anuales 2020.

  1. Actualizar el D2a la versión 12.3.0.0.
  2. Cumplimentar los datos del Anexo Covid-19 desde el propio programa D2.

¿Qué novedades incluyen los nuevos modelos de cuentas anuales para 2020?

La primera de ellas es la relativa a una cuestión de detalle en la instancia de presentación de los modelos de depósito de cuentas de las sociedades que han sometido sus cuentas anuales a auditoría.

El segundo punto nuevo de los señalados se refiere a la información no financiera. Un aspecto muy importante de la documentación de las cuentas anuales en el modelo actualmente vigente es el relativo a la información no financiera de las sociedades obligadas a su presentación tras la Ley 11/2018, de 28 de diciembre, por la que se modifica el Código de Comercio, el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, en materia de información no financiera y diversidad.

Por último, se ha introducido con carácter excepcional y transitorio en el modelo de presentación de las cuentas del ejercicio 2020 la hoja de declaración COVID 19, con referencia concreta a la repercusión del estado de alarma por la pandemia COVID en las empresas.

nuevos modelos entrega de cuentas

Ver Nota de prensa del Consejo General de economistas sobre la tardanza en la publicación de los nuevos modelos de cuentas anuales.

¿Qué información contiene la Hoja COVID-19 para a presentación de cuentas anuales?

  • Solicitud de ERTE durante el ejercicio y motivado por la pandemia.
  • Motivo del ERTE
  • Qué ha determinado el ERTE
  • Número de trabajadores en plantilla antes del ERTE
  • Número de trabajadores afectados por el ERTE
  • Fecha inicio del ERTE
  • Fecha fin del ERTE
  • Porcentaje de personal, fijo o temporal, acogido a permiso retribuido recuperable.
  • Duración del permiso retribuido recuperable (número de días)
  • Porcentaje de personal fijo afectado por baja laboral por COVID-19
  • Alquileres a Terceros (Grandes Arrendadores), concesiones, reestructuración de deudas, ambos, o ninguna de las anteriores
  • Pequeños Arrendadores. Ha concedido moratorias voluntarias a los arrendatarios
  • Ha recibido ayudas financieras públicas (incluidos avales) al alquiler del local de negocios
  • Importe del aval concedido por el ICO en aplicación de lo establecido en los artículos 29 y 30 del Real Decreto-Ley 8/2020, de 17 de marzo (en euros)
  • Porcentaje que representa el importe concedido sobre el importe solicitado de aval concedido por el ICO.
  • Describir el plan o programa al que se acoge, el concedente y el sistema (avales, moratoria, aplazamiento, interés bonificado etc.)
  • Moratoria hipotecaria ¿Se ha acogido?
  • Moratoria No hipotecaria ¿Se ha acogido?
  • Se ha solicitado flexibilización y suspensión de suministros (artículos 42 a 44 Real Decreto-Ley 11/2020)
  • Se ha acogido a las medidas de apoyo del sector del Turismo de los artículos 12 y 13 del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo.
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