Tienen la consideración de rentas inmobiliarias imputadas aquellas que el contribuyente debe incluir en su base imponible por ser propietario o titular de un derecho real de disfrute sobre determinados bienes inmuebles urbanos.
Cómo declarar la propiedad y usufructo de la vivienda
Se puede dar el caso que un contribuyente posea de un inmueble una parte con titularidad total (nuda propiedad y usufructo) y de la otra parte solamente el usufructo.
Para declarar correctamente esta situación en el programa de renta MsRenta, debemos crear dos fichas diferentes del inmueble:
- Primera ficha: Informaremos de la parte del inmueble del cual se tiene titularidad total.
Debemos utilizar la opción de titularidad “6-porcentajes” e indicar el porcentaje de titularidad total sobre ese inmueble; en el valor catastral debemos indicar el valor total del inmueble, y el programa imputará al contribuyente según el porcentaje de titularidad indicado.
En este ejemplo debe imputar 55000,00 euros *1.1% (valor revisado)= 605,00 euros, pero como su porcentaje de titularidad es del 50% le va a imputar en su renta solo 302,50 euros.
En la página 5 se mostrará la información con el porcentaje de titularidad y la renta imputada correspondiente.
- Segunda ficha: Informaremos de la parte del inmueble del cual solo se tiene el usufructo.
Debemos utilizar la opción de titularidad “Primer declarante/Cónyuge”, indicar en la casilla “Porcentaje de usufructo”, el porcentaje de la vivienda sobre la que sólo tiene usufructo y marcar la casilla “No propiedad del inmueble. Sólo usufructo”; en el valor catastral también debemos indicar el valor total del inmueble, y el programa imputará al contribuyente según el porcentaje de usufructo indicado.
En este ejemplo debe imputar 55000,00 euros *1.1% (valor revisado)=605,00 euros, pero como su porcentaje de usufructo es del 50% le va a imputar en su renta solo 302,50 euros.
En la página 5 se mostrará la información del porcentaje del usufructo y la renta imputada correspondiente, no teniendo, en este caso, que aparecer valor alguno en la casilla de titularidad.
Ante cualquier consulta sobre la declaración de la propiedad y usufructo de la vivienda en la renta, no dude en preguntarnos.