LOFCA

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Actualizado: 11 junio, 2021

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La legislación autonómica está regulada por la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA).

Según el Artículo 6 de la LOFCA, las comunidades autónomas pueden establecer y exigir sus propios tributos, siempre y cuando estos no recaigan sobre hechos imponibles gravados por el Estado, ni sobre hechos imponibles gravados por los tributos locales.

Existe una serie de impuestos estatales cuya gestión y recaudación ha sido cedida por completo

a las comunidades autónomas. Son los siguientes:

  • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
  • Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
  • Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte.
  • Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos.
  • Tributos sobre el Juego.

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