El redondeo es la acción de reducción de decimales de un número, esto en un ámbito informal se puede hacer teniendo como referencia el decimal que más le convenga a la persona que está realizando la acción. Además de poder realizarse tanto en exceso, si ese redondeo aumenta el valor del número, como a la baja si después del redondeo ese valor numérico no aumenta.
Pero cuando hablamos del redondeo aplicado a la contabilidad y fiscalidad, no podemos redondear donde queramos o de la manera que nos interese, ya sea en exceso o a la baja.
- Reglas del redondeo dentro de la fiscalidad y la contabilidad.
La Agencia Tributaria, cuando hace referencia al redondeo pone una serie de normas para la ejecución de este último. En la facturación el IVA solo puede tener 2 decimales, se redondea en exceso cuando el tercer decimal es 5 o superior y a la baja si el tercer decimal es inferior a 5.
En cambio, para la facturación de bienes y servicios se pueden coger hasta 3 decimales, con las mismas reglas de redondeo. Ejemplo:
2389,376€ = 2389,38€
2389,372€ = 2389,37€