Qué es la RPT o Relación de Puestos de Trabajo
La relación de puestos de trabajo (RPT) es el instrumento técnico sobre el que las Gestiones Públicas diseñan su composición de personal para adecuarla a las pretensiones del servicio público (tanto desde adentro como hacia la ciudadanía). La finalidad de organizar el trabajo en las entidades públicas no es otra que hacer mejor la eficacia. Antes de seguir indagando en esta utilidad de organización, te enseñamos cuál es el empleado que puede estar al servicio de la gestión al que la RPT ordena. Es por consiguiente el eje sobre el que pivota la administración de elementos humanos. La eficacia y enorme distingue de la RPT en relación a un organigrama radica en su objetividad: no posee en consideración a la persona que ocupa el puesto de trabajo sino al puesto en sí.
Cuál es la diferencia entre plantilla de personal y RPT
Los dos son elementos fundamentales para el preciso desempeño de los elementos humanos en un ayuntamiento pero su finalidad y naturaleza no son iguales. La plantilla no establece las propiedades fundamentales del puesto ni los requisitos para su ocupación. Su finalidad es primordialmente de ordenación presupuestaria. Lo que, en inicio, la exime de negociación sindical. Hablamos de estructurar las plazas de los diferentes Cuerpos y Escalas. Es de carácter subjetivo. Sin embargo, el RPT es el Instrumento técnico con el que se ejecuta la ordenación del personal según con las pretensiones de los servicios, precisando los requisitos para el desarrollo de cada puesto, y comprendiendo la designación y propiedades fundamentales de los mismos, los requisitos exigidos para su desarrollo y la determinación de sus retribuciones complementarias. En la RPT, en contraste con la plantilla, aparecen las propiedades fundamentales del puesto, funcionalidades y requisitos de acceso.
Qué debe contener la RPT
En Ayuntamientos y administración local al menos debe tener en cuenta los siguientes factores:
- Puestos de trabajo existentes
- Denominación y características de los puestos.
- Retribuciones complementarias y requisitos exigidos.
En la Administración del Estado, viene determinado la Ley de Medidas para la función Pública en su artículo 15 indica los siguientes requisitos:
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Exponer los puestos de trabajo del personal funcionario y laboral de cada centro, el número y las características de los que puedan ser ocupados por personal eventual.
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La denominación y características esenciales de los puestos
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La posibilidad de creación, modificación, refundición y supresión de puestos de trabajo.
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La provisión de puestos de trabajo a desempeñar por el personal funcionario.
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La formalización de nuevos contratos de personal laboral fijo, requerirán que los correspondientes puestos figuren detallados en las respectivas relaciones. Este requisito no será necesario cuando se trate de realizar tareas de carácter no permanente